domingo, 6 de julio de 2008

Texto completo del proyecto de ley sobre el tema retenciones presentado en el Parlamento.

CON LAS MODIFICACIONES DE ÚLTIMO MOMENTO
El proyecto completo que se aprobó en Diputados
Ratifica las retenciones, incorpora compensaciones a pequeños productores para la cosecha 2007/2008, subsidios en fletes a productores extra pampeanos y crea un fondo de redistribución social. El texto que había enviado el Ejecutivo.
05.07.2008
CAPITULO I

ARTICULO 1 .- Ratifícanse las Resoluciones del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION Nros. 125 de fecha 10 de marzo de 2008, su modificatoria 141 de fecha 13 de marzo de 2008 y su derogatoria 64 de fecha 30 de mayo de 2008.

ARTICULO 2 .- Lo dispuesto en el artículo precedente lo es sin perjuicio de la vigencia de las medidas dictadas y sin desmedro de las facultades ejercidas para ello en el marco de los dispositivos en ellas citados y especialmente de la Ley N 22.415 (CODIGO ADUANERO) y modificatorias, en particular su artículo 755, correlativos y concordantes.

CAPITULO II
COMPENSACIONES A PEQUEÑOS PRODUCTORES

ARTICULO 3 .- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, un régimen destinado a otorgar compensaciones a pequeños productores de soja o girasol de la cosecha 2007/2008, mediante la acreditación de las mismas a través de la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de los beneficiarios.

ARTICULO 4 .- Se encuentra alcanzado por el beneficio el productor agrícola de soja o girasol con explotaciones radicadas dentro del territorio nacional, que reúna los siguientes recaudos:

a) Se encuentre inscripto como contribuyente ante la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS (AFIP), entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

b) Declare bajo juramento que el tonelaje efectivamente producido y comercializado, no supera las MIL QUINIENTAS (1.500 t) de soja y girasol.

c) En caso que el beneficiario de la compensación posea deuda líquida y exigible proveniente de las Declaraciones Juradas presentadas y pagos de los impuestos cuya administración se encuentre a cargo de la AFIP, el monto a compensar se imputará prioritariamente al monto de la deuda hasta saldarla en su integridad.

La declaración jurada a que alude el presente artículo, deberá ser visada por autoridad competente.

ARTICULO 5 .- Se excluye del presente régimen el arrendador comerciante de granos que, siendo titular de inmueble rural lo arrienda, obteniendo como pago soja o girasol.

ARTICULO 6 .- El monto a compensar para quiénes producen y comercializan hasta TRESCIENTAS TONELADAS (300 t) anuales de soja o girasol, surgirá de la diferencia positiva del valor resultante de la aplicación de la alícuota de las disposiciones ratificadas y una alícuota de TREINTA POR CIENTO (30%).

Para los que producen y comercializan entre TRESCIENTAS UN TONELADAS (301 t) y las SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (750 t) anuales de soja o girasol, el monto a compensar surgirá de la diferencia positiva del valor resultante de la aplicación de la alícuota de las disposiciones ratificadas y el que hubiere correspondido por la aplicación de la alícuota vigente hasta el dictado de la Resolución 125 de fecha 10 de marzo del 2008, correspondientes a la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada.

Para los que producen y comercializan entre SETECIENTAS CINCUENTA Y UN TONELADAS (751 t) y las MIL QUINIENTAS TONELADAS (1.500 t) anuales de soja o girasol, el monto a compensar sólo operará para las primeras SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (750 t) y surgirá de la diferencia positiva del valor resultante de la aplicación de la alícuota de las disposiciones ratificadas y el que hubiere correspondido por la aplicación de la alícuota vigente hasta el dictado de la Resolución 125 de fecha 10 de marzo del 2008, correspondientes a la fecha de presentación de la respectiva declaración jurada.

En todos los casos la compensación será liquidada antes de los TREINTA (30) días de la presentación, previa aceptación de la AFIP.

Las compensaciones resultantes serán sufragadas con los mayores fondos recaudados como consecuencia de la aplicación de las normas mencionadas en el párrafo precedente.

ARTICULO 7 .- La Dirección General de Aduanas, dependiente de la AFIP, determinará e informará
diariamente a la Autoridad de Aplicación el diferencial de alícuotas resultante.

ARTICULO 8 .- El presente régimen será aplicable a las operaciones de venta de soja y girasol de la campaña 20072008 con fechas de emisión de Formularios C 1116 B o C a partir del día 13 de marzo de 2008 y hasta el 31 de octubre de 2008.

CAPITULO III
COMPENSACIONES AL TRANSPORTE DE GRANOS

ARTICULO 9.- Créase en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, un régimen destinado a compensar para la cosecha 20072008 el transporte de granos oleaginosos (soja y girasol) producidos en las provincias extrapampeanas, desde el lugar de producción hasta su destino final dentro del territorio nacional.

ARTICULO 10.- Se encuentra alcanzado por el beneficio el productor agrícola de soja o girasol con explotaciones radicadas en:

i. Las Provincias de CATAMARCA, CORRIENTES, FORMOSA, JUJUY, LA PAMPA, MISIONES, SALTA, SAN LUIS, SANTIAGO DEL ESTERO, TUCUMAN, del CHACO.

ii. En los departamentos Feliciano, La Paz, Federal, Concordia, San Salvador, Villaguay y Federación de la Provincia de ENTRE R™OS; General Obligado, Vera, San Cristóbal y Nueve de Julio de la Provincia de SANTA FE; y Río Seco, Sobremonte, Presidente Roque Sáenz Peña, Río Cuarto, Calamuchita, San Alberto, San Javier, Tulumba, General Roca, Tercero Arriba, Río Primero, Totoral, Río Segundo, Santa María, General San Martín, y Colón, de la Provincia de Córdoba; y Partidos de Lincoln, Rivadavia, Tres Lomas, Pehuajó, Patagones, Villariño, Puán, Saavedra, Tornquist y Adolfo Alsina de la provincia de BUENOS AIRES.

iii. Otras provincias y departamentos extrapampeanos en las que se desarrolle la actividad.
Deberán reunir, además, los siguientes recaudos:
a) Se encuentre inscripto como contribuyente ante la AFIP.
b) Declare bajo juramento que el tonelaje efectivamente producido y comercializado, no supera las MIL QUINIENTAS (1.500 t) por todo concepto.
c) En caso que el beneficiario de la compensación posea deuda líquida y exigible proveniente de las Declaraciones Juradas presentadas y pagos de los impuestos cuya administración se encuentre a cargo de la AFIP, el monto a compensar se imputará prioritariamente al monto de la deuda hasta saldarla en su integridad.

ARTICULO 11.- Se excluye del presente régimen el arrendador comerciante de granos que, siendo titular de inmueble rural lo arrienda, obteniendo como pago granos.

ARTICULO 12.- La compensación correspondiente a cada productor, se determinará hasta un máximo de SETECIENTAS CINCUENTA TONELADAS (750 t) por todo concepto, de acuerdo a los siguientes parámetros: provincia de origen de la producción, puerto más cercano, tarifa CATAC vigente.

ARTICULO 13.- El presente régimen será aplicable a las operaciones de venta de granos de la campaña 20072008 con fechas de emisión de Formularios C 1116 B o C a partir del día 13 de marzo de 2008 y hasta el 31 de octubre de 2008.

CAPITULO IV
DISPOSICIONES COMUNES A LOS REGIMENES DE COMPENSACIONES

ARTICULO 14.- La Autoridad de Aplicación del presente régimen será la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION a través de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO (ONCCA), organismo descentralizado en la órbita de dicha Secretaría, con facultades para dictar las normas reglamentarias e interpretativas que resulten necesarias a los fines de brindar operatividad al mecanismo establecido por la presente ley.

ARTICULO 15.- La ONCCA podrá implementar un mecanismo de registración y presentación de solicitud de los interesados por intermedio de un sistema informático pudiendo, para ello, suscribir los convenios que considere pertinentes con las entidades públicas yo privadas, para la más rápida y eficiente liquidación de la compensación.

ARTICULO 16.- La ONCCA podrá corroborar la veracidad de la información suministrada, solicitando la documentación oficial respaldatoria que entienda pertinente para la verificación de los datos aportados mediante la declaración jurada.

ARTICULO 17.- Sin perjuicio de las acciones pertinentes a efectos del reintegro de los fondos pagados y de las sanciones correspondientes en el marco de sus facultades, ante la omisión o falseamiento de los datos declarados a los fines de liquidar la compensación contemplada en la presente ley, la ONCCA informará a la AFIP y procederá a radicar la correspondiente denuncia ante la justicia criminal competente.

ARTICULO 18.- Las inconsistencias que impidan o imposibiliten la efectivización de la compensación creada por la presente ley, serán informadas únicamente a través de la página web www.oncca.gov.ar.

ARTICULO 19.- Las disposiciones de la presente ley serán de aplicación al régimen de las Resoluciones Nros. 284 y 285 del año 2008 del Ministerio de Economía y Producción. Aquellos sujetos que se hayan acogido a los beneficios de las citadas resoluciones del Ministerio de Economía y Producción en el período comprendido entre su puesta en aplicación y la entrada en vigencia de la presente ley, podrán incorporarse a los mismos fines en los regimenes previstos en los capítulos II y III a efectos de solicitar el reconocimiento de la diferencia a favor, que les pudiese corresponder a título de compensación.

CAPITULO V
FONDO DE REDISTRIBUCION SOCIAL

ARTICULO 20.- Créase el FONDO DE REDISTRIBUCION SOCIAL con la finalidad de financiar la construcción, ampliación, remodelación y equipamiento de hospitales públicos y centros de atención primaria de la salud; la construcción de viviendas populares en ámbitos urbanos o rurales; la construcción, reparación, mejora o mantenimiento de caminos rurales y el fortalecimiento de la agricultura familiar.

ARTICULO 21.- El FONDO creado por el artículo precedente estará compuesto por los fondos recaudados y a recaudarse correspondientes a los años 2008 y 2009 en concepto de derechos de exportación a las distintas variedades de soja y sus derivados que superen el TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%) neto de las compensaciones y reintegros creados en los Capítulos II y III.
ARTICULO 22- Los fondos a que hacen mención los artículos precedentes serán destinados conforme los porcentajes que se detallan a continuación:
a) HOSPITALES PUBLICOS Y CENTROS DE SALUD: cincuenta por ciento (50 %).
b) VIVIENDAS POPULARES URBANAS O RURALES: veinte por ciento (20 %).
c) CAMINOS RURALES: veinte por ciento (20 %).
d) FORTALECIMIENTO DE AGRICULTURA FAMILIAR: diez por ciento (10%).
ARTICULO 23.- La administración del fondo, que sustituirá al PROGRAMA DE REDISTRIBUCION SOCIAL creado por el Decreto N 904 de fecha 9 de junio de 2008, estará a cargo en forma conjunta de los MINISTERIOS DE SALUD, de ECONOMIA Y PRODUCCION y de PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, quienes quedarán facultados para dictar las normas aclaratorias y complementarias que resulten necesarias para la implementación de la presente ley.
La ejecución de las obras se realizará en forma descentralizada mediante la ejecución de convenios con las Provincias o Municipios del lugar donde se ubiquen.

ARTICULO 24.- Incorpórase a la Ley 26.337 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el Ejercicio 2008, en el cálculo de recursos, la recaudación efectiva que generaron y generen las resoluciones ratificadas, como así también en el cálculo de gastos, la inversión de dicha recaudación, como lo destinado al Fondo de Redistribución Social, y a las compensaciones dispuestas por la presente Ley.

ARTICULO 25.- La presente ley entrará en vigencia a la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 26.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL".

fuente: critica digital

No hay comentarios:

PRESIDENTE DR. DON RAUL RICARDO ALFONSIN...por siempre!!!!!

EN ESTE MOMENTO QUIERO ESCRIBIR...PERO SIENTO UN NUDO EN LA GARGANTA...Y LAS LAGRIMAS BROTAN UNA ATRAS DE OTRA Y ME PREGUNTO QUE PONER???... SI PUEDO ESCRIBIR MUCHAS COSAS... PERO QUE MAS DE LO QUE YA SE A DICHO...
SOLO TRATAR DE EXPRESAR UN SENTIMIENTO Y TENGO UN RECUERDO...
RECUERDO CUANDO ME TENDISTE TU MANO Y YO LA TOME, UNA MANO FIRME...
Y AL VER TU MIRADA TRANSPARENTE QUE TRANSMITIA PAZ...ERA LO QUE MI ALMA NECESITABA...
TU VOZ ME DABA LAS FUERZAS PARA SALIR DEL DOLOR...
Y ME DEJE GUIAR...
ME ENSEÑASTE LOS VALORES ETICOS ESENCIALES DE LA VIDA...
MIS DERECHOS Y CON ELLOS LA LIBERTAD!!!
DE TUS LABIOS ESCUCHE CON VOZ FIRME Y CON SENTIDO ALGO QUE HABIA APRENDIDO DE MEMORIA Y NO ENTENDIA...
"constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino"
FUISTE PARA MI UN PADRE QUE ME ENSEÑO EL CAMINO...Y AL CAMINAR ESTE...ENCONTRE QUE ERAS LA LUZ...
Y CON LOS AÑOS ESE SENTIMIENTO SE FUE AGIGANTANDO CON TU FIGURA...
HOY YA NO ESTAS...Y SIENTO QUE SE NOS FUE EL "FARO DE LA DEMOCRACIA" PERO QUEDO TU LUZ PARA SIEMPRE ENCENDIDA...

UN TEXTO QUE NO DEBEMOS OLVIDAR JAMAS:
"Nos, los representantes del pueblo de la Nación Argentina, reunidos en Congreso General Constituyente por voluntad y elección de las provincias que la componen, en cumplimiento de pactos preexistentes, con el objeto de constituir la unión nacional, afianzar la justicia, consolidar la paz interior, proveer a la defensa común, promover el bienestar general, y asegurar los beneficios de la libertad para nosotros, para nuestra posteridad y para todos los hombres del mundo que quieran habitar en el suelo argentino; invocando la protección de Dios, fuente de toda razón y justicia: ordenamos, decretamos y establecemos esta Constitución para la Nación Argentina."

QUE SIGNIFICA SER RADICAL

AUNQUE USTED NO LO CREA... ESTO ES ARGENTINA EN LA ERA KK!!!

MI MAMA ANDUVO CORTANDO LA RUTA

El periodista Osvaldo Bazan, nos cuenta con orgullo, la historia de su familia y el campo, una nota escrita con simpleza y sinceridad, pero tambien con orgullo.
Una nota para leer y recomendar...

Osvaldo Bazán

02.06.2008



Mejor, las rutas, porque estuvo por la 34, en Salto Grande, pero también por la 9, cerca de Armstrong, anduvo por Bouquet, cerca del límite con Córdoba, con mi madrina, con mi primo Horacio, que llega al piquete a la medianoche con su esposa y los chicos. Mi primo es de esa generación nueva de chacareros que eligieron no vivir en la ciudad, porque la ciudad ofrece menos oportunidades que el ancho mar de la soja. Trabaja el campo del abuelo, que ahora es de todos los tíos. Habla de igual a igual con el contador, el ingeniero agrónomo, el intendente del pueblo. Una noche en el corte asaron un lechón y lo compartieron con los camioneros. Otra noche fue un chivito. Horacio me dijo, hace unos años, en la época de Duhalde, caminando por entre miles de plantitas verdes: “yo no estoy en contra de las retenciones porque sé que es o las retenciones o la guerra civil. Pero es increíble que en la Capital nunca escuchen lo que nos pasa, sólo nos hablan para pedirnos”.
Recién hace tres años que la ruta que une Bouquet con cualquier otra localidad es asfaltada. Sin una 4 x 4 no llegaba al campo, los chicos no podían ir a la escuela y que a nadie se le ocurra enfermarse. No es una zona marginal. Es el centro exacto del planeta soja. De eso habla mi primo Horacio cuando habla de no ser escuchado.
Mi papá fue peón en el campo del padre de mi mamá.
Mi mamá también.
Ella era poco más que una nena rubia y él poco más que un adolescente morocho cuando se enamoraron y se prometieron una vida mejor. Ninguno de los dos pudo terminar la escuela primaria: se impuso el trabajo en el campo. En las mañanas con escarcha arrastraban entre las piernas la maleta –una especie de enorme tubo hecho con arpillera y cuero– que iban llenando con las mazorcas del maíz, antes de que existieran las cosechadoras. Ni él ni ella tenían zapatillas. A mis abuelos no les molestaba el trabajo infantil. Siempre les pareció una buena manera de aliviar la tarea. De ellos. Papá hacía muñequitas con las espigas más jóvenes de maíz.
Eran el juguete de mamá.
Mis abuelos se murieron sin haberse jamás dirigido la palabra. Se despreciaban.
El papá de mi papá era criollo, músico, borracho.
El papá de mi mamá era italiano, tacaño, quejoso.
Egoístas y machistas eran los dos.
Casi al mismo tiempo el país expulsaba al primero y seducía al segundo.
Al padre de mi papá lo llamaban los caciques del Partido Demócrata Progresista para que animara con su bandoneón los asados del comité. Le pagaban con vino, le daban la papeleta para que vote y se desentendían. El viejo se subía al sulky, seguido de los perros y se perdía en cualquier par de tetas provincianas. Dicen que tengo tíos no reconocidos en toda la provincia. Papá odiaba a su papá por eso. Su mamá sufrió en silencio la muerte de una hija recién nacida y el Dr. Silvestre Begnis le salvó la vida a mi papá, cuando ya estaba casi muerto.
Al padre de mi mamá Perón le dio un campito a pagar en cómodas cuotas y allá fue, con todos sus hijos. Trabajaba el abuelo, sí, pero cada dos por tres le hacía vender unas cuántas gallinas a la abuela. Con la plata que juntaba desaparecía cuatro o cinco días. No dejó hijos por la provincia. Sólo todo el dinero de las gallinas en las carreras de caballos en el Parque Independencia de Rosario y algunas putas enamoradas. Mientras tanto, la abuela, sola, en un rancho con nueve hijos y sin electricidad ni comunicación con los vecinos, no lloraba. Nunca vi a la abuela con un batón que no fuera negro.
Papá y mamá se vinieron a la Capital.
Él se convirtió en el mecanógrafo más rápido entre los oficinistas navales. Silbaba mientras escribía a máquina, virtud que hizo que una vez Francisco Manrique lo felicitara. También aprendió solito a sacar fotos para poder vivir sin patrones. Mamá entró como operaria en la Fábrica Argentina de Alpargatas (aún hoy dice, con no sé qué orgullo raro, “Fábrica Argentina de Alpargatas”), pero antes tuvo que sacar el carné peronista. Si no, no trabajaba. Entre sus peores recuerdos está la entrada del delegado a la fábrica para ordenarle que deje de pegar suelas y suba a un camión con un destino único: la Plaza de Mayo.
La ciudad no los sedujo. Apenas pudieron volvieron al pueblo, en Santa Fe. Él como fotógrafo, ella puso una zapatería, quizá para vengarse de la escarcha de la cosecha.
Hoy mamá tiene 73 años y un retazo de 11 hectáreas del campo aquel, que le da una renta anual de siete mil pesos. Mi mamá no habla de “el campo”. Ella habla de “los colonos”. Porque en el pueblo todavía se habla de “los colonos”. Papá –que nunca tuvo tierra– se reía de la aristocracia del pueblo: “Son ricos porque las vacas son infieles”, decía. Y les sacaba fotos y se las vendía, y así crecía el pueblito.
Lo que más llamó mi atención cuando me vine hace doce años a vivir a Buenos Aires es que en la Capital no se siente que el país sea más grande que este montón de casas, mientras que la presencia porteña en toda la Argentina es constante.
Hace días que me ronda la idea de que estas historias mínimas son las que se juegan en el “conflicto del campo”. Contarlas en Buenos Aires es lo que puedo hacer en nombre del lugar de donde vengo.

gentileza:Diario Crítica de la Argentina.

BASTA KRISTINA!!!

Los 25 años de la Democracia nos encuentran a los argentinos en una situación extremadamente preocupante. El fracaso del diálogo de los funcionarios del gobierno con los dirigentes ruralistas y el clima de confrontación que ello ha generado, debe llamarnos a todos a la reflexión y hacernos ver, que por esa vía no cabe esperar ninguna solución duradera. Solo el sano ejercicio democrático con sus componentes de disenso, discusión y diálogo, en un marco de respeto mutuo y de buena voluntad, nos despejará el camino hacia el consenso. Y nos preservará de los enfrentamientos sin retornos, que tanto nos han herido a lo largo de la historia. Solo una democracia plena asegura el marco del entendimiento hacia la armonización de los intereses en juego, resguardando lo más importante: el bien común. Ningún Pueblo ha alcanzado sus objetivos, sin haber alcanzado previamente objetivos básicos y unidad de metas. En nuestro caso y en esta especial circunstancia en el que el contexto internacional nos ofrece oportunidades que difícilmente se repetirán, resulta incomprensible que el desencuentro nos ponga de espaldas a esas posibilidades. Por ello, todos debemos contribuir, por las vías institucionales desde nuestros roles, instando a los protagonistas, al diálogo sereno, ofreciendo toda la colaboración, voluntad y prudencia. En definitiva, cuidando la democracia y su basamento republicano con desinterés, grandeza, actitudes constructivas y poniendo por encima de todos el destino de nuestra Patria.

UCR JUNTARÁ FIRMAS EN EL OBELISCO EN APOYO AL CAMPO


Mañana a las 12

El Comité Nacional de la Unión Cívica Radical, estará mañana a partir de las 12, en la Plaza de la República, recolectando firmas para la derogación de la resolución Nº 125 del 11 de marzo pasado, que aumenta y convierte en móviles a las retenciones, y por una ley que las coparticipe a las provincias.
En dicha actividad estará presente el titular de la UCR, Gerardo Morales, junto a
demás autoridades del radicalismo y la Juventud Radical.


El campo lanzará su contraofensiva mediática

LA NACION accedió a los spots de radio y TV y a las solicitadas que difundirán masivamente los productores; insisten en explicar que no son responsables de la inflación y critican la política agropecuaria
El conflicto entre el campo y el Gobierno ganará aún más presencia en los medios. El sector agropecuario tiene en las gateras su contraofensiva a la campaña mediática del Gobierno: con solicitadas en los principales diarios y spots para radio y televisión explicarán por qué “con la actual política agropecuaria ‘perdemos todos”.
En los videos, audios y solicitadas a los que tuvo acceso LA NACION, y que se difundirían masivamente los próximos días, el sector insiste en aclarar que los productores no tienen nada que ver con la inflación.
Así, esta campaña se revela como una nueva estrategia para reforzar la alianza que, desde el principio del conflicto, el campo trabó con los consumidores.
A tal punto que, tras repasar que esta política genera menos producción, menos oferta y por tanto más inflación, utiliza el nosotros inclusivo para afirmar: "Los argentinos estamos esperando una solución".
Según una fuente del sector, este lanzamiento se venía postergando “para no perjudicar las negociaciones con el Gobierno”. Sin embargo, en el actual contexto de enrarecimiento del conflicto, estudian comenzar la difusión.











EL 25 de mayo, los radicales vamos a Rosario

Se agotó el modelo de poder kirchnerista.


El próximo domingo 25 de mayo la Unión Cívica Radical dirá presente en el acto organizado por las entidades del campo en el Monumento a la Bandera de Rosario.
Es un acto por la democracia, por la dignidad, y por la lucha del campo.
La Unión Cívica Radical acompaña la legítima la lucha del sector agropecuario consciente de que ello significa la defensa del interés general.
El conflicto suscitado con el campo ha sido absolutamente innecesario. Los radicales, en claro apoyo y solidaridad con el campo bregamos por hallar cuanto antes una solución para no perder la colosal situación internacional que nos permita seguir creciendo.
Junto a intendentes, legisladores nacionales y provinciales, afiliados y simpatizantes, la conducción del Comité Nacional de la UCR hace extensiva la invitación a quienes deseen sumarse con su apoyo al acto convocado en el Monumento a la Bandera de Rosario el próximo domingo 25 de Mayo.
El lugar de encuentro será el Comité Central de la Ciudad de Rosario sito en la calle Paraguay 358, a las 10 horas.